Certificación de Inexistencia de Bienes Inmuebles Digital 2024

MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS

VICEMINISTERIO DEL TESORO Y CRÉDITO PÚBLICO

Servicio Nacional de Patrimonio del Estado

El Decreto Supremo N° 283 de 2 de septiembre de 2009, en su Art. 17 (MODIFICACIÓN), establece: “La compra o alquiler de bienes inmuebles para su uso y funcionamiento de las entidades del sector público, solo será posible en casos de extrema necesidad, previa certificación del SENAPE, que establezca la inexistencia de un bien inmueble con las características del bien solicitado”.

Certificación de Inexistencia de Bienes Inmuebles Digital 2024

Todo requerimiento de certificación deberá ser presentado con carta de solicitud dirigida al Dr. Roy Ramiro Flores Orellana, Director General Ejecutivo del SENAPE, adjuntando la siguiente documentación:

    • Carta de solicitud dirigida a la Máxima Autoridad Ejecutiva del SENAPE.
    • Formulario de Solicitud CIBID (Original).
    • Justificativo del alquiler – demanda social donde se especifique la inexistencia de inmuebles propios y la extrema necesidad de alquilar.
    • Certificación Plan Operativo Anual – POA, de la gestión 2024.
    • Certificación Presupuestraria, de la gestión 2024.
    • Acta de Recepción de la Declaraciones Juradas de Bienes del Estado – DEJURBE de la última gestión finalizada.

    “Todos los requisitos remitidos como respaldo para la emisión del CERTIFICADO CIBID, deben estar debidamente firmados y sellados, de manera obligatoria”

    PREVIO A INGRESAR EL TRÁMITE EN VENTANILLA DE RECEPCIÓN DEL SENAPE, LA NOTA DE SOLICITUD CON LOS REQUISITOS DEBEN SER REVISADOS POR EL PERSONAL DEPENDIENTE DE LA UNIDAD DE DISPOSICIÓN DE BIENES (PISO 2)

     

    Teléfono: 2220081 Internos: 1027- 1215

    Para ingresar al sistema desde el siguiente enlace: